Servicios públicos

LEY DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE JALISCO

Artículo 94. Se consideran servicios públicos municipales los siguientes:

  • I. Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales;
  • II. Alumbrado público;
  • III. Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos;
  • IV. Mercados y centrales de abastos;
  • V. Rastros y servicios complementarios;
  • VI. Estacionamientos municipales;
  • VII. Panteones;
  • VIII. Calles, parques y jardines y su equipamiento;
  • IX. Seguridad pública, policía preventiva municipal y tránsito;
  • X. Centros deportivos municipales;
  • XI. Centros culturales municipales;
  • XII. Protección civil y bomberos; y
  • XIII. Los demás que el Congreso del Estado determine en atención a las condiciones territoriales y socioeconómicas de los Municipios, así como a su capacidad administrativa y financiera.

Los Municipios deben expedir los ordenamientos municipales que regulen la prestación de estos servicios.

Cobertura: Todo el municipio 

Los servicios públicos han sido definidos como: “toda prestación concreta que tienda a satisfacer necesidades públicas y que es realizada directamente por la administración pública municipal o por los particulares mediante concesión, arrendamiento o una simple reglamentación legal, en la que se determinen las condiciones técnicas y económicas en que deba prestarse, a fin de asegurar su menor costo, eficiencia, continuidad y eficacia.” 

De las diferentes aproximaciones y definiciones de los servicios públicos, existe consenso en las siguientes afirmaciones, los servicios públicos: 

  • Se describen como una actividad técnica. 
  • Su finalidad propia es la satisfacción de una necesidad colectiva y el beneficio indiscriminado del usuario. 
  • Su cumplimiento debe ser uniforme, continuo, permanente, asegurado y regulado. 
  • Puede ser realizado directa o indirectamente, es decir mediante la administración pública municipal o mediante particulares facultados y autorizados. 
  • El servicio público debe estar sujeto a un régimen que le impone adecuación, permanencia, continuidad, uniformidad, economía e igualdad en el acceso de los usuarios. 

Entre sus caracteres destacan la: 

  • Generalidad- su universalidad, de conformidad con los derechos humanos, toda persona tiene derecho al acceso de los servicios públicos.
  • Igualdad-la uniformidad en el trato al usuario. 
  • Regularidad-prestar el servicio conforme a la normativa jurídica que lo regula. 
  • Continuidad-dependiendo del servicio, debe ofrecerse sin interrumpirse. 
  • Obligatoriedad- es deber del Estado o del responsable, asegurar su prestación mientras subsista la necesidad. 
  • Adaptabilidad- puede modificarse su regulación para mejorar las condiciones y aprovechar los adelantos tecnológicos. 
  • Permanencia- parte de la obligatoriedad y continuidad del servicio mientras exista la necesidad. 

De acuerdo al marco jurídico vigente, la satisfacción de las necesidades de servicios públicos es una competencia exclusiva de los Municipios. Su cumplimiento refleja la buena marcha del Municipio basada en la capacidad de respuesta del gobierno local a las demandas planteadas por la sociedad civil. 

Esto significa que en la medida que se incrementen los servicios se mejorarían las condiciones de desarrollo de las comunidades. 

Los requisitos, la cobertura, procedimientos y/o formatos para acceder a los servicios públicos a si como el área responsable y los datos de contacto para cada tramite podrá consultarlos dentro de los documentos. Los servicios son dirigidos a la ciudadanía en general, por lo tanto el numero de beneficiarios es indeterminable pues depende de los usuarios que utilicen cada uno de los servicios públicos. 

Se le informa que algunos de los servicios públicos no generan costo. 

SERVICIOS AYUNTAMIENTO DE LA MANZANILLA DE LA PAZ, JALISCO 

Sindicatura 

  • Asesorías Legales a la Ciudadanía 
  • Seguimiento Legal de los Daños Ocasionados al Municipio, por Accidentes Viales de Terceros. 
  • Regularización de Predios 

Secretaría General 

  • Dirección de Mercados, Tianguis y Espacios Abiertos. 
  • Dirección de Archivo General Municipal. 

Registro Civil 

  • Reclutamiento Militar. 
  • Carta De Residencia, identidad, no antecedentes penales, etc. 

Tesorería 

  • Pago de Licencia Municipal. 
  • Facturación. 
  • Recepción de Pagos. 
  • Servicios Públicos Municipales 

Parques y Jardines 

  • Alumbrado Público 
  • Aseo Público 

Agua Potable y Alcantarillado 

  • 01 Mantenimiento en redes de agua potable, alcantarillado sanitario y pluvial 
  • 02 Distribucion de agua potable en redes al usuario 
  • 03 Cambio de propietario 
  • 04 Cancelacion de contratos 
  • 05 Conexión y reconexion de los servicos de agua potable y alcantarillado (tomas y descargas) 

Cementerios 

Rastro Municipal 

Dirección de Medio Ambiente 

Obra Pública 

Dirección de Participación Ciudadana. 

Protección Civil y Bomberos